Ayudas a la rehabilitación a nivel de edificio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) AYUD0421T02 – Ayudas a la rehabilitación a nivel de edificio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR)

Finalidad

Obtener ayudas destinadas a la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas:

  1. Los propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  2. Las administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
  3. Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal o equivalente en normas forales de aplicación.
  4. Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  5. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, o equivalente en normas forales de aplicación, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
  6. Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables con cargo a este programa son:

  1. Las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda con los límites establecidos en la Resolución de convocatoria, siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
  1. En edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, deberá asimismo conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos:
    • Zonas climáticas D y E: un 35 %
    • Zona climática C: un 25 %
  1. En caso de edificios sujetos a algún nivel de protección por formar parte de un entorno declarado o debido a su particular valor arquitectónico o histórico, en los que estén limitadas las actuaciones sobre los elementos que componen la envolvente térmica no será necesario el cumplimiento del requisito de reducción de demanda establecido en el apartado 2 de este artículo. No obstante, aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir deben cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en la tabla 3.1.1.a¿HE1 y 3.1.3.a¿HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.
  1. En los edificios en los que se hayan realizado en los últimos cuatro años intervenciones de mejora de la eficiencia energética en las que pueda acreditarse que se redujo la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en un porcentaje igual o superior al establecido la Resolución de convocatoria, quedan eximidos del cumplimiento del requisito de reducción de demanda energética anual global de calefacción y refrigeración. Cuando en dichas intervenciones, no se alcanzara una reducción igual o superior al porcentaje establecido, podrá considerarse satisfecho el requisito si con la consideración conjunta de las actuaciones realizadas en las citadas intervenciones y las que se realicen en la actuación objeto de la solicitud, se alcanzara el correspondiente porcentaje de reducción de demanda establecido, lo que deberá acreditarse mediante la correspondiente certificación de eficiencia energética.

Plazos de presentación

22/11/2024 hasta 30/06/2025

Casos de éxito

Rehabilitación energética de edificio. Calle Puerto de Tarna, 11 (Gijón)

Rehabilitación energética de edificio objeto de 15 plantas y un total de 60 viviendas, donde la empresa MURART realiza las actuaciones necesarias para resolver las patologías existentes como humedades por condensación en puentes térmicos, humedades por filtración en fachadas y cubierta, fisuras y grietas en revestimientos de fachadas.

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Rehabilitación energética de edificio. Avda. Rufo García Rendueles, 13 (Gijón)

El edificio presenta numerosas patologías destacando las humedades por condensación en los puentes térmicos, así como humedades por filtración. Se desarrolla dentro del "Plan Especial para el tratamiento de la fachada marítima del Muro de San Lorenzo", promovido por el Ayuntamiento de Gijón, con el objetivo de mejorar la imagen urbana de las fachadas existentes.

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Rehabilitación energética de edificio. Calle Fuertes Acevedo (Oviedo)

Se trata de la rehabilitación de un edificio compuesto de fachada principal, medianera y patios de manzana. Falta de asilamiento en fachadas y medianeras causando perdidas de calor y condensaciones en las viviendas. También se detectan fisuras de la pintura y del revestimiento en los patios y medianera.

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